El Real Madrid ha hecho hincapié en que el Tribunal Supremo «no ha dictado ninguna resolución sobre la legalidad» de los conciertos en el estadio Santiago Bernabéu, subrayando que la decisión anunciada este miércoles «se refiere exclusivamente a una cuestión procesal».
Rechazo del recurso de casación
Este miércoles, el Tribunal Supremo rechazó un recurso de casación presentado por el club merengue contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) relacionada con la celebración de conciertos en el Bernabéu. Esta información se encuentra en una providencia a la que tuvo acceso Europa Press, que inadmite el recurso contra la sentencia emitida el 24 de noviembre de 2025 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM.
Análisis del caso por el Juzgado correspondiente
La providencia confirma que será el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 31 de Madrid el encargado de analizar el fondo de la reclamación presentada al Ayuntamiento de Madrid por la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu. Los vecinos argumentan que las licencias y el planeamiento urbanístico del estadio no permiten la celebración de conciertos musicales. La sentencia que se recurre ya había dado la razón a la asociación vecinal en un recurso de apelación anterior.
Falta de fundamentación en el recurso
El tribunal considera que el recurso del club blanco carece de la suficiente fundamentación para justificar un interés casacional objetivo. Entre otras razones, se indica que no se acreditó adecuadamente la concurrencia de los supuestos legales invocados ni se justificó de manera concreta el supuesto perjuicio a los intereses generales que alegaba la entidad recurrente.
Controversia casuística y costas procesales
El Alto Tribunal también destaca que la controversia presenta un carácter marcadamente casuístico, vinculado a las circunstancias particulares del caso. Se señala que el recurso buscaba un pronunciamiento específico, lo que es incompatible con la finalidad del recurso de casación, que se orienta a la formación de jurisprudencia de interés general. Además, se imponen las costas procesales al Real Madrid, con un límite máximo de 2.000 euros más IVA, a favor de la Asociación Vecinal de Perjudicados por el Bernabéu, que se opuso a la admisión del recurso.
Comunicado del Real Madrid tras la decisión
Tras conocer esta decisión, el club madridista emitió un comunicado donde aclara que no se trata de «ninguna resolución sobre la legalidad de los conciertos celebrados en el Bernabéu» por parte del Supremo. En su nota de prensa, el club explica que «la decisión conocida hoy se refiere exclusivamente a una cuestión procesal y supone que el procedimiento judicial promovido por una asociación vecinal continuará su tramitación ante el juzgado correspondiente».
Recordatorio sobre el régimen de autorizaciones
El Real Madrid también recordó que la celebración de conciertos en el Bernabéu «está sometida al mismo régimen de autorizaciones y controles administrativos que se aplica a otros grandes recintos deportivos, como el estadio Metropolitano, donde actualmente se están llevando a cabo conciertos».
Finalmente, el club madridista concluye que «el procedimiento judicial continuará ahora su curso ordinario y será en ese marco donde, en su caso, se analicen las cuestiones planteadas por las partes».
