El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este jueves, 4 de junio, una nueva orden que establece la organización y el desarrollo de los programas bilingües y plurilingües en las etapas educativas no universitarias en los centros sostenidos con fondos públicos de la región.
Nuevas adaptaciones a la normativa educativa
La orden actualiza las áreas y materias que se impartirán de acuerdo a la LOMLOE y a los diversos decretos de currículo de Castilla-La Mancha. También introduce mejoras en varios apartados de la normativa, tomando en cuenta las sugerencias del profesorado y otros miembros de las comunidades educativas, según ha comunicado la Junta en una nota de prensa.
Modificaciones en los programas
Una de las principales modificaciones es la reducción significativa del periodo de abandono de los programas bilingües y plurilingües, que ahora se establece en uno o dos cursos escolares, dependiendo de la etapa educativa. Sin embargo, en Primaria, este periodo se extenderá un año adicional en los cursos pares hasta completar el ciclo.
Certificación de competencias lingüísticas
La nueva orden también contempla una ampliación de los niveles de competencia lingüística en lenguas extranjeras que los alumnos podrán certificar mediante pruebas específicas.
Cambios en la impartición y medidas de inclusión
Asimismo, se ajustan los porcentajes de materias impartidas en lengua extranjera, diferenciando entre programas en inglés y en otros idiomas, para adaptarse al número de horas de enseñanza. También se establece un porcentaje distinto para el alumnado de 4º de ESO, permitiendo que curse todas las materias del programa bilingüe o plurilingüe, sin importar las materias optativas que elija según sus estudios posteriores, especialmente para quienes continúen con Bachillerato.
Con el fin de garantizar la igualdad de oportunidades para todos los estudiantes que participen en el programa, la orden incluye un extenso artículo que desarrolla medidas concretas de inclusión educativa.
Requisitos para el profesorado
En relación al profesorado, la orden exige que los docentes que impartan el programa en las etapas de Educación Secundaria, Bachillerato y Formación Profesional cuenten con la acreditación del nivel de competencia lingüística C1.
Orientaciones metodológicas y formación continua
Además, incorpora un anexo específico que ofrece orientaciones metodológicas generales, organizadas por etapas educativas, y prevé un plan de formación en lenguas extranjeras que se elaborará cada curso escolar por la dirección general competente en enseñanza de lenguas extranjeras, en colaboración con el órgano de la Consejería encargado de la formación del profesorado. Esto tiene como objetivo facilitar la actualización y especialización del profesorado, promoviendo la participación y el intercambio de buenas prácticas.
Fomento de la internacionalización
Finalmente, otra novedad de esta orden es la inclusión del concepto de internacionalización, que busca integrar la dimensión internacional en el ámbito educativo. El objetivo es preparar al alumnado para ser ciudadanos globales, promoviendo la diversidad y el entendimiento multicultural a través de programas internacionales como Erasmus o eTwinning, que fomenten tanto las habilidades lingüísticas como la movilidad internacional.
