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El BOE refuerza la protección ante desahucios de alquiler

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El Boletín Oficial del Estado ha publicado este miércoles dos decretos de vivienda aprobados por el Consejo de Ministros. La principal norma entrará en vigor este jueves e incorpora nuevas garantías para los inquilinos vulnerables ante los procedimientos de desahucio por impago del alquiler.

El texto deberá someterse a la convalidación de la Diputación Permanente, después de la disolución de las Cortes. Su medida central obliga a la administración competente a buscar una alternativa habitacional o responder por la deuda acumulada.

Qué cambia el decreto de vivienda ante un desahucio

Cuando un juzgado notifique un procedimiento contra una persona en situación de vulnerabilidad económica, la administración tendrá un plazo máximo de dos meses para ofrecerle otra vivienda. El límite no podrá prorrogarse.

Si no facilita ese alojamiento, deberá pagar al propietario o consignar en el juzgado las cantidades pendientes, las rentas generadas y los gastos del proceso. Ese abono cancela la deuda y permite mantener el contrato de alquiler.

Si tampoco se produce ese pago durante el plazo establecido, la entidad pública asumirá la condición de deudora frente al arrendador. El inquilino podrá continuar en la vivienda hasta que termine el contrato mientras persista su situación de vulnerabilidad. El Estado compensará a las comunidades autónomas por los costes que afronten.

La norma también suspende hasta el 31 de diciembre de 2030 los lanzamientos de personas vulnerables cuando el demandante sea un fondo o una entidad dedicada a comprar créditos impagados o inmuebles por debajo de su valor de mercado. Para el resto de propietarios, contempla suspensiones de hasta tres años, con revisiones anuales y compensaciones.

Nuevas reglas para alquileres y vivienda

Los contratos temporales sin una causa justificada, o aquellos encadenados más de dos veces, pasarán a considerarse alquileres de vivienda habitual. En los arrendamientos por habitaciones, la suma de las rentas no podrá superar el precio del alquiler de la casa completa.

Los anuncios deberán mostrar el índice de precios y las rentas de los últimos cinco años. También quedará prohibido cargar al inquilino los gastos de gestión inmobiliaria. Las plataformas turísticas podrán recibir multas de hasta un millón de euros o del 2% de su volumen de negocio si incumplen la cesión de datos.

El decreto incluye beneficios fiscales para propietarios que reduzcan el alquiler, una deducción del 10% para inquilinos con bases imponibles inferiores a 33.007,2 euros y nuevas medidas sobre vivienda protegida, alquiler turístico y pisos desocupados. También crea fondos y líneas de financiación por miles de millones para vivienda asequible y la compra de una primera vivienda.

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