A partir de este viernes, 12 de junio de 2026, entra en vigor una nueva normativa que establece los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables en Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2026-2027. Esta orden busca promover la actividad cinegética y ofrecer a los cazadores de la región una regulación que respete la biodiversidad, resaltando el papel de la caza como un valor social, económico y sostenible.
Detalles de la nueva normativa
El viceconsejero de Medio Ambiente, José Almodóvar, ha explicado que el periodo general de caza comenzará el 8 de octubre y finalizará el 8 de febrero para la caza menor, mientras que para la caza mayor se extenderá hasta el 21 de febrero. Esta medida está diseñada para gestionar de manera efectiva la actividad cinegética en la comunidad autónoma.
Medidas para la sobreabundancia de ungulados
Entre las novedades más destacadas, se mantienen las medidas para abordar la sobreabundancia de ungulados. Se incrementará en un 30% el cupo de machos de ciervo, corzo y gamo, y se duplicará el de hembras de estas especies. El jabalí, al igual que en temporadas anteriores, podrá ser cazado durante todo el año fuera del periodo general mediante aguardos.
Caza de la tórtola europea
Por segundo año consecutivo, la tórtola europea podrá ser cazada, con la aprobación de la Comisión Europea. En 2025, la población de esta especie ha crecido a 2,1 millones de parejas, lo que representa un aumento del 46,6% en los últimos cuatro años. Este notable incremento subraya los esfuerzos realizados para recuperar la especie, en colaboración con el sector cinegético.
Castilla-La Mancha contará con un cupo de 20.777 tórtolas, que se repartirán entre los cotos de caza autorizados, siempre que cumplan con los criterios poblacionales establecidos por los programas de seguimiento realizados por técnicos y agentes medioambientales. Además, los cotos seleccionados deberán registrar sus capturas a través de una aplicación móvil de precinto digital. Las fechas habilitadas para la caza de la tórtola en estos cotos serán el 22 y 23 de agosto.
Regulación de la codorniz común
Otra de las novedades importantes es que la codorniz sólo podrá ser cazada durante el periodo especial de media veda, que abarca del 20 de agosto al 15 de septiembre, excepto en los municipios de las Comarcas Agrarias Serranía Alta de Cuenca y Alcarria Baja de Guadalajara, donde la caza estará permitida del 27 de agosto al 15 de septiembre. Además, las sueltas de esta especie solo podrán realizarse en zonas de adiestramiento de perros y aves de cetrería durante el periodo general de caza, que va del 8 de octubre al 8 de febrero.
Notificación de capturas en media veda
La Orden de Vedas 26/27 también introduce una novedad normativa. Los datos que deben ser comunicados a la administración mediante el formulario MLEC antes del 15 de octubre para informar sobre las capturas en media veda se considerarán válidos si el titular del terreno cinegético ha utilizado la aplicación de precinto digital para todas las especies autorizadas en su coto.
Para más información sobre las especies que se pueden cazar, los periodos, condiciones y limitaciones, se puede consultar la orden de vedas 2026-2027 en el siguiente enlace: Orden de vedas 2026-2027.
