La titular de la plaza número 2 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Aoiz, en Navarra, ha decidido archivar la querella presentada contra los futbolistas del Athletic Club, Nico e Iñaki Williams, así como contra un intermediario y una tía de estos. La juez ha determinado que no existen indicios de delito en relación a la permuta de un vehículo que tuvo lugar en diciembre de 2024.
Detalles del fallo judicial
En su resolución, que puede ser apelada ante la Audiencia de Navarra, la magistrada señala que tanto el vendedor como los acusados han proporcionado «versiones contradictorias» sobre la transacción del vehículo. Sin embargo, aclara que lo que realmente subyace es una relación de carácter civil, en la cual no se identifican elementos que puedan ser considerados como delitos.
La permuta del vehículo y las declaraciones
Según la juez, tanto el querellante como los hermanos Williams confirmaron que se acordó una permuta en la que Nico Williams entregaría su Mercedes CLA 45 a cambio de un Mercedes AMG E63. Durante el proceso, el querellante también añadió que se pactó un pago adicional de 40.000 euros por parte de Nico, el menor de los hermanos.
Después de alcanzar este acuerdo, Nico Williams indicó que entregó su vehículo, recibió el nuevo y, tras la presentación de la querella, devolvió el automóvil. Por su parte, el denunciante afirmó que solo tuvo el coche de Williams durante una semana y media para probarlo, y que no se concretó el cambio de titularidad.
Transferencias y pagos en disputa
La juez, en su resolución, ha confirmado que el 16 de diciembre de 2024, Nico Williams realizó una transferencia al querellante por un monto de 8.340 euros, con el concepto ‘Matricula omnigeston’. Este pago fue reconocido por el denunciante, quien, sin embargo, expresó que la madre de Williams consideró que la cantidad era excesiva y que la empresa debía cubrir el 30% de esos gastos. Por este motivo, el 6 de diciembre, el querellante realizó un ingreso de 3.000 euros en una cuenta bancaria a nombre de Iñaki Williams.
Testimonios sobre el préstamo
En relación con este ingreso, Iñaki Williams declaró que el 5 de diciembre el querellante visitó el casino de Bilbao y, a solicitud del intermediario, le prestó 3.000 euros con la condición de que se devolviera al día siguiente. La resolución judicial incluye un justificante del extracto bancario de su tarjeta de crédito que corrobora esta retirada de efectivo.
Conclusiones de la juez
La juez concluye que, a partir de las diversas declaraciones de ambas partes, se puede afirmar que el acuerdo sobre quién asumiría los gastos de matriculación y en qué medida forma parte de la relación contractual subyacente, sin que se aprecien indicios de criminalidad contra los acusados.
