La Audiencia Provincial de Baleares ha dictado una condena de dos años de prisión contra una mujer por apropiarse de más de tres millones de euros derivados de la venta de un inmueble en Mallorca al futbolista del FC Barcelona, Robert Lewandowski.
Reconocimiento de los hechos y acuerdo de conformidad
El juicio estaba programado para la mañana de este martes, sin embargo, la acusada admitió los hechos antes de que diera inicio el proceso judicial. Ante esta situación, las partes involucradas lograron alcanzar un acuerdo de conformidad.
Detalles de la condena y suspensión de la pena
Como resultado de este acuerdo, la mujer ha sido condenada a dos años de prisión, además de recibir una multa de aproximadamente 1.440 euros y la obligación de pagar 1,62 millones de euros a los socios de la empresa afectada. Esto se debe a su papel como supuesta autora de los delitos de apropiación indebida y administración desleal.
El tribunal ha decidido suspender la pena de prisión bajo la condición de que no vuelva a delinquir y cumpla con el pago de la responsabilidad civil, considerando que no tiene antecedentes penales y que la condena no excede los dos años.
Sentencia firme y hechos del caso
La sentencia es definitiva, ya que las partes implicadas han manifestado que no interpondrán un recurso, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TJSIB).
Los hechos, según el fiscal, ocurrieron en junio de 2021. La acusada, actuando como administradora única de una sociedad, formalizó la venta de una vivienda en la urbanización Nova Santa Ponsa, que pertenecía a la empresa, a Lewandowski.
Transacciones y movimientos bancarios
El delantero polaco, a través de su esposa, emitió un cheque por 3,51 millones de euros a favor de la compañía en el acto de constitución de la escritura pública, que la acusada ingresó en una cuenta corriente que había abierto a nombre de la empresa días antes. Durante las semanas siguientes, realizó múltiples movimientos bancarios, transfiriendo sin justificación 3,1 millones de euros a su cuenta personal.
Al finalizar su gestión como administradora única, el saldo restante en la cuenta bancaria era de 408.593 euros.
Falta de conocimiento y consentimiento de los socios
La venta del inmueble se llevó a cabo sin el conocimiento de los demás propietarios de la sociedad, quienes no fueron convocados a la junta general de socios, tal como exige la ley de sociedades de capital. Según la sentencia, dos de estos socios, que poseían el 50% de las participaciones de la sociedad y serán los beneficiarios de la indemnización, no tenían conocimiento de la cuenta bancaria que abrió la mujer condenada ni dieron su consentimiento para ello.
