El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Toledo ha declarado la nulidad de un concurso singularizado de méritos convocado por la Consejería de Agricultura en septiembre de 2022. Esta decisión se ha tomado tras la presentación de un recurso por parte del sindicato CSIF.
Nulidad del concurso por irregularidades
Según la sentencia, que ha sido recogida por Europa Press, CSIF argumentaba que el proceso no se ajustaba a derecho, ya que se tramitó mediante un concurso singularizado de méritos en lugar de un concurso general. El juez ha considerado que hay «elementos suficientes para concluir» que se trata de «un supuesto de configuración arbitraria del sistema de provisión por concurso singularizado, contrario a los principios de igualdad, mérito y capacidad», lo que conlleva una «desviación de poder» por parte de la Administración regional.
Actuaciones arbitrarias de la Administración
La sentencia también señala que la Administración actuó de manera arbitraria al restringir, sin justificación, el período temporal para el cómputo de determinados méritos, tanto generales como específicos. El juez ha indicado que el Gobierno regional «utiliza una fórmula aparentemente legal para tratar de consolidar la situación de los funcionarios que ocupan los puestos ofertados en comisión de servicios».
Incumplimiento de la Ley de Empleo Público
CSIF ha destacado en un comunicado que, en septiembre de 2022, la Consejería convocó este concurso singularizado para cubrir las jefaturas de las oficinas comarcales agrarias (OCA), puestos que habían sido ocupados temporalmente a través de comisiones de servicio durante más de 15 años. Este hecho supera con creces el límite legal de dos años establecido en la Ley de Empleo Público de Castilla-La Mancha.
Denuncia de prácticas discriminatorias
Desde el sindicato, se asegura que la Administración diseñó de manera arbitraria las bases del concurso, lo que recompensaba directamente el incumplimiento de la ley. En concreto, se limitó la valoración de la experiencia a los cuatro años anteriores a la convocatoria, otorgando una ventaja clara a los funcionarios que ya ocupaban esos puestos temporalmente más allá del plazo legal.
CSIF celebra esta sentencia y pone de relieve «la grave mala praxis de la Consejería de Agricultura», que, según el sindicato, no solo ha fallado en corregir la temporalidad generada por el exceso de comisiones de servicio irregulares, sino que ha blindado las plazas a favor de los ocupantes actuales, discriminando al resto de funcionarios que podrían haber aspirado a esos cargos.