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    Juzgan en Quintanar de la Orden a acusado de homicidio tras apuñalar a un hombre

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    La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo tiene programado juzgar el próximo jueves, 21 de mayo, a J.L.B.G., quien enfrenta una acusación por un delito de homicidio en grado de tentativa. La Fiscalía solicita una pena de 8 años de prisión, tras los hechos ocurridos en Quintanar de la Orden, donde el acusado habría apuñalado a otro hombre con una navaja en un intento de matarlo, causando una perforación de 3 centímetros en su espalda.

    Detalles del caso en Quintanar de la Orden

    Según el escrito de acusación del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, los hechos tuvieron lugar en la plaza San Sebastián de Quintanar de la Orden (Toledo), donde J.L.B.G. se encontró con A.D.A., con quien había tenido un conflicto horas antes.

    Durante una discusión, el acusado amenazó verbalmente a A.D.A., adoptando una postura intimidante con la mano oculta detrás de su espalda. En respuesta, A.D.A. lo golpeó en la cara, lo que llevó a J.L.B.G. a apuñalarlo con la navaja en la espalda, a la altura del pulmón izquierdo, provocándole una herida de 3 centímetros.

    Consecuencias de la agresión

    Tras el ataque, A.D.A. pidió ayuda mientras sangraba, mientras que J.L.B.G. huyó del lugar sin preocuparse por su estado de salud. Como resultado de la agresión, A.D.A. sufrió una herida por arma blanca en la zona posterior del hemitórax izquierdo y una laceración en el pulmón inferior izquierdo. Requirió asistencia médica inmediata, así como tratamiento quirúrgico, y su recuperación tardó 30 días, de los cuales 2 fueron considerados de perjuicio muy grave. Además, se le asignaron 3 puntos de secuela por motivos estéticos.

    Medidas cautelares y condena

    El 13 de agosto de 2024, el Juzgado de Instrucción número 1 de Quintanar de la Orden dictó auto de prisión provisional comunicada y sin fianza para J.L.B.G. En virtud del artículo 57, junto con los artículos 48.2 y 3 del Código Penal, se prohíbe al acusado aproximarse a A.D.A. a una distancia inferior a 300 metros, así como acercarse a su domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro lugar que frecuenta, incluso si no se encuentra presente, durante un periodo de 15 años.

    Indemnización a la víctima

    Finalmente, se ha determinado que J.L.B.G. deberá indemnizar a A.D.A. con la cantidad de 5.500 euros por las lesiones sufridas, incluyendo los intereses establecidos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil desde la fecha en que la sentencia adquiera firmeza.

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