La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Toledo tiene programado juzgar el próximo martes, 18 de noviembre, a P.M.I.L. y A.J.A.I., quienes enfrentan acusaciones por dos delitos societarios y uno de falsedad en documento mercantil. Además, P.M.I.L. también está acusado de apropiación indebida en relación con una empresa situada en Ventas con Peña Aguilera, Toledo.
Detalles del caso
El principal acusado, P.M.I.L., poseía el 50% de la empresa en cuestión junto a otra socia, lo que resultó en un perjuicio económico para la sociedad estimado en aproximadamente 300.000 euros. Por estos delitos, la Fiscalía ha solicitado una pena de siete años de prisión para P.M.I.L. y de cuatro años para A.J.A.I.
Antecedentes de la sociedad
Según el informe del Ministerio Fiscal, al que ha tenido acceso Europa Press, la sociedad fue fundada en 1999 por P.M.I.L. y M.A.N.G., quienes compartieron la propiedad al 50%. P.M.I.L. fue nombrado administrador único de la empresa.
Incumplimientos durante las juntas
En 2015, se convocó una junta general extraordinaria en la que M.A.N.G. solicitó documentación relacionada con el inventario y los movimientos económicos de la empresa entre 2011 y 2015. Sin embargo, esta solicitud no fue atendida, impidiendo así que M.A.N.G. tuviese acceso a la información sobre la situación financiera de la sociedad.
El día de la junta, asistieron M.A.N.G., su hermana M.R.N.G. y A.J.A.I., quien actuó como representante de P.M.I.L., que no se presentó. A pesar de que la junta no se celebró, ambos acusados redactaron y firmaron un acta de junta general ordinaria, afirmando que los acuerdos habían sido aprobados por la abstención de M.A.N.G., a quien erróneamente designaron como secretaria, cuando ella se había propuesto como presidenta.
Reiteradas solicitudes de información
Ese mismo año, se realizó otra convocatoria de junta general extraordinaria, donde M.A.N.G. volvió a pedir información sobre la situación de la sociedad, pero su solicitud no fue atendida nuevamente.
Acciones ilícitas y perjuicio económico
La Fiscalía sostiene que P.M.I.L., con el objetivo de enriquecerse de manera ilícita, llevó a cabo ventas que no se registraron en la contabilidad de la sociedad y realizó disposiciones de bienes de la empresa. Además, se trasladaron efectos de la empresa desde la tienda que operó en Madrid hasta agosto de 2015.
A pesar de ser el administrador único, P.M.I.L. no presentó las cuentas anuales correspondientes a los ejercicios de 2012 a 2015 en el Registro Mercantil. Estos actos han ocasionado un perjuicio económico a la sociedad, que la Fiscalía estima en 300.000 euros.
Conclusiones de la Fiscalía
Por todos estos motivos, la Fiscalía considera a P.M.I.L. y A.J.A.I. responsables de dos delitos societarios y un delito de falsedad en documento mercantil, así como a P.M.I.L. de un delito de apropiación indebida. En consecuencia, se han solicitado penas de siete años de cárcel para P.M.I.L. y de cuatro años para A.J.A.I.
