Roman Abramovich seguirá sometido a las sanciones de la Unión Europea después de que el Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) haya rechazado su recurso contra la prórroga de las medidas. El fallo, dictado este miércoles, también niega la compensación económica que el empresario reclamaba por el perjuicio moral que atribuía a las restricciones.
El TGUE avala la prórroga de las sanciones
El empresario ruso cuestionó la extensión de las medidas, aprobadas inicialmente por los Veintisiete en 2022 y prolongadas hasta marzo de 2026. Su defensa sostenía que la decisión había partido de trabajos realizados por grupos del Consejo de la UE que, según su interpretación, no contaban con un mandato suficiente de los Estados miembro.
El tribunal con sede en Luxemburgo ha descartado ese planteamiento. Según la sentencia, el Consejo «simplemente se basó en esos trabajos» preparatorios para decidir sobre los actos recurridos, sin que los países hubieran renunciado a su competencia ni hubieran transferido la decisión final a uno de esos grupos.
Los vínculos económicos con Rusia, en el centro del fallo
La resolución considera acreditada la relación económica de Abramovich con intereses relevantes para la economía rusa. El TGUE señala que es «el principal accionista de Evraz», matriz de uno de los grandes grupos que operan en Rusia en los sectores de la siderurgia y la minería.
El tribunal también menciona sus participaciones en Norilsk Nickel, uno de los principales productores mundiales de paladio y una compañía relevante en el mercado del níquel refinado. La sentencia sostiene que «Estas actividades, pertenecientes a los sectores siderúrgico y minero, representan, además, una fuente de ingresos sustancial para el Gobierno ruso».
Una decisión anterior a otros recursos
Abramovich, antiguo propietario del Chelsea FC, ya había intentado anular su inclusión en la lista de sancionados. El TGUE rechazó aquellas impugnaciones en dos resoluciones dictadas en diciembre de 2023 y septiembre de 2025; posteriormente, el empresario recurrió también contra la prórroga.
La Justicia europea ha defendido que las medidas no se adoptaron por la notoriedad pública del magnate, sino con criterios «objetivos, suficientemente precisos y proporcionados». También concluye que las restricciones respetan el Derecho de la Unión y la Carta de los Derechos Fundamentales, porque tienen una base legal clara, contemplan excepciones y están sujetas a revisiones periódicas.
El objetivo de las sanciones, según el fallo, es contribuir a una «solución pacífica en Ucrania».