El Ayuntamiento de Madrid ha decidido recurrir en casación ante el Tribunal Supremo tras la anulación del Plan Especial de la Ciudad del Deporte del Atlético, según han informado fuentes del área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. A pesar del fallo judicial conocido recientemente, el Ayuntamiento aclara que el proyecto de la Ciudad del Deporte sigue en pie.
Detalles del proyecto de la Ciudad del Deporte
Este ambicioso proyecto busca crear un extenso complejo deportivo, de ocio y naturaleza alrededor del Estadio Metropolitano, ubicado en el distrito de San Blas-Canillejas, y se prevé que abarque aproximadamente 265.000 metros cuadrados. Su aprobación tuvo lugar en el Pleno de Cibeles el 29 de octubre de 2024, afectando a tres parcelas dentro del ámbito del plan.
Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha determinado que no se debió utilizar la figura del Plan Especial para la ordenación propuesta, sugiriendo que debería haberse tramitado como una modificación del Plan General. Sin embargo, el Ayuntamiento no está de acuerdo con esta sentencia y ha decidido recurrirla en casación.
Objetivos del Plan Especial
Desde el área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, se ha explicado que el Plan Especial tiene como objetivo flexibilizar las condiciones estéticas sobre la longitud y dimensiones de los edificios que se implantarán, considerando la singularidad de las dotaciones y su entorno. Además, busca unificar el régimen de usos asociados de la parcela de equipamiento con el de las instalaciones deportivas, facilitando así un adecuado desarrollo y funcionamiento para el uso ciudadano.
Calificación de la parcela
El plan mantiene la calificación del centro acuático como dotacional público, sin convertirlo en terciario. Esta calificación, según el equipo de Borja Carabante, no se altera en absoluto. De acuerdo con el Plan General, todas las parcelas con esta calificación en Madrid, incluida la del proyecto, tienen un régimen de usos asociados que contribuyen al funcionamiento del uso dotacional principal.
Uso de la figura urbanística
El Ayuntamiento subraya que el Plan Especial «no altera este régimen de usos asociados ni introduce usos terciarios autónomos» en relación con el uso dotacional principal, que se mantiene intacto. La única posibilidad de implantar usos terciarios es que sean considerados como usos asociados al principal o cualificado, algo que ya era permitido antes de la implementación del Plan Especial.
Evaluación ambiental del Plan
En cuanto a la evaluación ambiental, el equipo de Carabante aclara que no es un requisito exigible para los planes especiales que no alteran la edificabilidad de las parcelas, como es el caso del Plan Especial de la Ciudad del Deporte. Esta evaluación se requiere únicamente cuando se lleva a cabo una modificación del Plan General, lo que el Tribunal considera adecuado y que, por lo tanto, requeriría dicha evaluación.