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    Seis acusados serán juzgados en Toledo por trata de siete mujeres desde Colombia para explotación sexual

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    La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Toledo juzgará los días 10 y 11 de septiembre a un total de seis personas –O.O.O.R., J.J.R., A.K.P.N., G.A.O.G., L.M.M.L y J.A.F.M.–, acusados de traer desde Colombia a España a un total de siete personas para su explotación sexual, hechos por los que piden para ellos una pena de doce años y medio de cárcel.

    Según el escrito de la Fiscalía, al que ha tenido acceso Europa Press, los acusados O.O.O.R. y A.K.P.N., quienes se hallaban unidos por una relación sentimental análoga a la conyugal, se trasladaron hasta la localidad de Toledo. En ejecución de lo previamente ideado, no solo entre ambos acusados, sino también con el concierto y la colaboración, entre otros, de los también acusados J.J.R. y G.A.O.G., hermanos ambos de O.O.O.R., ejecutaron las acciones tendentes a lograr la obtención de un ilícito beneficio patrimonial procedente del ejercicio de la prostitución de mujeres, principalmente jóvenes originarias y residentes en la localidad colombiana de La Virginia, municipio del que provenían tanto O.O.O.R. como sus dos hermanos.

    De esta manera, en fecha no precisada el mes de mayo de 2019 y de conformidad con el reparto de funciones establecido por O.O.O.R., J.J.R., quien en las referidas fechas residía en el municipio de La Virginia, se encargó de contactar con una amiga suya llamada B., con el propósito de ofrecerle la posibilidad de trasladarse a España con la finalidad de ejercer la actividad de prostitución en la vivienda antes citada de la que disponía O.O.O.R. como medio de sortear la precaria situación económica en la que se encontraban, tanto ella como su núcleo familiar.

    Cuando J.J.R. contactó con B. para realizarle tal ofrecimiento. La propuesta que aceptó B. contemplaba el adelanto de los gastos del traslado, que incluía la expedición de un pasaporte, el coste de los pasajes correspondientes a un vuelo de ida y vuelta entre Colombia y España, una reserva hotelera en destino y la entrega de 1.000 euros en metálico en concepto de viático a fin de aparentar que disponía de los medios económicos para poder efectuar su entrada en España.

    A cambio, los acusados le impusieron un gravamen económico, tildado de forma impropia como deuda por los mentados acusados, que conllevaba la obligación de entregar la cantidad de tres mil euros a O.O.O.R. una vez que llegara a España y con el dinero que obtuviera con el ejercicio de sus actividad como como prostituta, siendo dicha cantidad muy superior al total de los gastos en que hubieron de incurrir para la obtención de los pasajes.

    Así, los acusados actuaron de forma similar con B., C., D., E., G., H., J. y L., teniendo que entrar al país algunas de ellas a través de Francia y Alemania para evitar los controles fronterizos del aeropuerto de Madrid-Barajas.

    Todas estas acusadas ejercieron la prostitución no solo en el piso sito en Toledo sino también en otras como Parla, Cuenca, Albacete o Algeciras.

    Las mujeres fueron instruidas sobre cómo debían publicitar sus servicios como postitutas con los que obtener ingresos para hacer frente no solo a la obligación económica contraída con O.O.O.R sino también para pagar el alojamiento en el piso, cuyo importe ascendía, por decisión de este acusado, a 150 euros semanales, cuantía «excesiva y desproporcionada» según la Fiscalía.

    Además, las víctimas también debieron transferir desde locutorios distintas cantidades de dinero ordenadas por los acusados.

    Otra actividad desplegada de consuno por los integrantes del contubernio criminal dirigido por O.O.O.R. y que constituía una fuente de ingresos nada despreciable consistía en la venta de cocaína a aquellos clientes que lo demandaban durante el transcurso de los encuentros sexuales.

    A tal fin, O.O.O.R. disponía de un aprovisionamiento suficiente de dicha sustancia estupefaciente y se aseguraba de que en cada vivienda dispusieran del suministro necesario.

    DENUNCIA A LA POLICÍA

    Allá por el 8 de diciembre de 2019, B. se personó de forma voluntaria y espontánea, pues no disponía de ningún apoyo o referente personal que pudiera auxiliarla, en las dependencias de la Comisaria Provincial del Cuerpo Nacional de Policía en Toledo con el propósito de denunciar la situación padecida y a la que, hasta ese día, se había visto sometida, siendo atendida por miembros de la Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras.

    Estos agentes se entrevistaron reservadamente con ella y, habida cuenta de la verosimilitud de su relato, le recibieron formal declaración, preservando en todo momento sus datos de identidad bajo una nomenclatura como testigo protegido y le brindaron la asistencia necesaria que conllevó su acogida en un recurso residencial dependiente del Centro de la Mujer de Toledo, desde donde fue derivada de forma inmediata al Centro de Atención y Valoración Integral ingresando en el mismo en fecha 9 de diciembre de 2019, dando inicio a una investigación policial que, a la postre, propició la incoación de las presentes actuaciones.

    El día 10 de marzo de 2020, a primera hora de la mañana y al amparo de resolución judicial motivada habilitante dictada por el Magistrado titular del Juzgado de Instrucción ne 7 de los de Toledo en el seno de las presentes diligencias, se practicó un registro domiciliario en la vivienda en cuyo interior se hallaban, en ese instante, la acusada G.A.O.G., y su hijo, L. y dos mujeres más.

    Cuando G.A.O.G. se percató de la intervención policial se encaminó rauda hasta uno de los dos baños de que disponía la vivienda, encerrándose en el mismo con el propósito de deshacerse, tirándolas al inodoro, de las dosis de cocaína que la misma guardaba en su habitación y que estaban destinadas, como ya se dijo, a su difusión entre los clientes adictos que lo demandaran, de consuno y en cumplimiento de la planificación ejecutiva establecida de antemano por su hermano O.O.O.R..

    Sin embargo, una de las dosis había quedado flotando en el inodoro y que otra se le había caído al suelo junto al mismo, circunstancia que fue advertida por una de las agentes policiales que participaba en el registro domiciliario, procediéndose a su recogida y posterior análisis que reveló que la sustancia que en conjunto contenían ambas dosis eran 0,85 gramos de cocaína.

    De igual modo, en la habitación ocupada por G.A.O.G. en dicha vivienda se halló otra dosis de cocaína, preparada del mismo modo que las anteriores, y que contenía 0,28 gramos de la susodicha sustancia, una báscula de precisión, así como la cantidad de 155 euros distribuidos en billetes.

    De modo prácticamente simultáneo se practicó el registro domiciliario en la vivienda que constituía la residencia habitual de los acusados O.O.O.R., A.K.P.N. y J.J.R., en cuyo interior también se hallaba en esos instantes H. y la acusada L.M.M.L.

    Durante el citado registro se ocuparon, entre otros efectos, y dentro de uno de los muebles de la habitación que ocupaban O.O.O.R. y su pareja sentimental una bolsa que contenía lo que, tras su análisis, resultaron ser 131,53 gramos de cocaína, así como una bolsa con recortes de plástico blanco destinados a la confección de dosis individuales de la referida sustancia estupefaciente y 1.760 euros.

    También se registró la vivienda localizada en Algeciras, en el transcurso del cual y como efecto más relevante se ocupó una balanza de precisión idéntica a la hallada en la vivienda sita en Toledo.

    Por todos estos hechos, la Fiscalía pide siete años de prisión por cada uno de los delitos de trata de seres humanos con fines de explotación sexual en concurso medial con un delito de explotación lucrativa de la prostitución ajena; un año por el delito continuado contra los derechos de los ciudadanos extranjeros; cuatro años y seis meses por un delito contra la salud pública.

    Todos los acusados responden como coautores de todos y cada uno de estos delitos.

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