Este martes, la Audiencia Provincial de Toledo ha sido el escenario del juicio contra la alcaldesa de Villarrubia de Santiago, M.C.M.G., así como de siete concejales, quienes enfrentan acusaciones de prevaricación por la revocación de una licencia de venta ambulante en marzo de 2021. Los concejales involucrados son M.T.C.G., A.L.M.L., B.J.C.V., M.T.P.L., A.G.L., P.E.A. y A.H.G.
Detalles del juicio y acusaciones
La Fiscalía solicitaba inicialmente una pena de 9 años de inhabilitación para todos los acusados. Sin embargo, ha retirado su petición en el caso de los concejales. Por su parte, la acusación particular ha demandado 15 años de inhabilitación, así como una indemnización total de 13.696 euros, que incluye 7.500 euros por daños morales y 6.196 euros por lucro cesante.
Testimonio de la alcaldesa
Durante su declaración, la alcaldesa M.C.M.G. se limitó a responder preguntas de su defensa y aseguró no haber tenido la intención de perjudicar al demandante, J.V.R., al revocar la licencia. Según su testimonio, esta decisión se tomó en el contexto de las medidas sanitarias para prevenir el aumento de contagios por COVID-19. «Lo único que quería era prevenir», afirmó, subrayando que su actuación fue motivada «por el bien del pueblo».
Declaración del demandante
J.V.R., el demandante, también compareció como testigo. Relató que recibió una llamada de la alcaldesa el 23 de febrero de 2021, informándole que no podría montar su puesto el sábado siguiente debido a «los altercados» con M.E.B., el encargado del mercadillo el 20 de febrero. Durante la conversación, J.V.R. consideró la decisión como «injusta» y solicitó una reunión, pero en el encuentro, la alcaldesa le comunicó que el equipo de Gobierno había meditado la decisión. A pesar de solicitar una notificación por escrito, solo recibió una el 8 de marzo, a la que respondió con una reclamación a través de su abogado.
El demandante también indicó que, siguiendo las recomendaciones de su abogado, decidió abrir su puesto el siguiente sábado posible, pero fue obligado a clausurarlo por la Policía Municipal, lo que llevó a presentar una denuncia. Además, afirmó que no solo se le prohibió instalar el puesto, sino que también se le impidió realizar repartos de fruta, experimentando un «acoso constante» por parte de la Policía Municipal.
Testigos y evidencias presentadas
En la audiencia, también testificaron varias personas, incluyendo al encargado del mercadillo, M.E.B., la secretaria interventora, L.Z.G., el agente de Policía Local, I.A.L.L., y la perito A.M. La secretaria mencionó que no tuvo conocimiento del conflicto hasta que se recibió una querella en junio. M.E.B. corroboró que hubo discusiones previas entre el demandante y el Ayuntamiento y que, tras el incidente del 20 de febrero, decidió no seguir a cargo del mercado ambulante.
El agente I.A.L.L. declaró que, a pesar de que se le hizo un requerimiento al demandante para que desmontara el puesto, este continuó operando. Negó que hubiera una vigilancia especial sobre J.V.R., quien solo fue instruido para no realizar ventas en días no habilitados. Por su parte, la perito valoró que el demandante no pudo operar durante 14 sábados, estimando una pérdida de ingresos de 296 euros por cada jornada.
Conclusiones del Ministerio Fiscal
Al finalizar las declaraciones, el Ministerio Fiscal reafirmó su solicitud de 9 años de inhabilitación para la alcaldesa, argumentando que su actuación se apartó del ordenamiento jurídico y que actuó «intencionadamente». El fiscal desestimó los argumentos de la defensa, afirmando que la alcaldesa «no se presenta como una pobre ignorante» y que sus acciones reflejan una «actitud despótica». Este sentimiento fue respaldado por la acusación particular, que también solicitó la condena y reclamó las costas y la responsabilidad civil correspondientes.
