El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado una Orden de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital por la que se regulan las operaciones de cierre del ejercicio 2023 y de apertura del ejercicio 2024, en relación con la contabilidad de gastos e ingresos públicos.
Entre las acciones reguladas, se dicta ahora que las nóminas para el percibo de los haberes y de la paga extraordinaria del mes de diciembre deberán cerrarse el día 7 de diciembre de 2023 y remitirse antes del día 15 del mismo mes.
Para garantizar la correcta contabilización de los haberes del mes de diciembre y, por tanto, el cumplimiento de plazos para su libramiento se autoriza, de forma excepcional, a la Dirección General de Presupuestos para proponer el reajuste de los créditos del Capítulo I, entre programas correspondientes a diferentes grupos de función, mediante el oportuno expediente de transferencia de crédito, para su autorización por la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda.
El último día del ejercicio en el que se podrán satisfacer libramientos de pago por la Tesorería General con cargo al presupuesto de 2023 será el 29 de diciembre de 2023.
La última cuenta de reposición formulada por los cajeros pagadores deberá tener su entrada en las distintas Intervenciones antes del día 30 de diciembre de 2023; y el informe anual sobre anticipos de caja fija y pagos a justificar, será remitido al titular del órgano gestor competente y la Intervención General antes del día 1 de marzo de 2024.
A partir del 1 de diciembre de 2023 no se podrán formular peticiones de fondos a justificar con cargo al presupuesto de gastos de 2023; y entre los días 22 y 29 de diciembre de 2023, los órganos que gestionen ingresos a través de cuentas restringidas de recaudación, deberán ingresar la totalidad de lo recaudado en las correspondientes Tesorerías de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Hacienda, Administraciones Públicas y Transformación Digital.