Los procedimientos de renovación y de renovación excepcional, destinados a las personas beneficiarias de las ayudas del ingreso mínimo de solidaridad en Castilla-La Mancha, abren su plazo de presentación de solicitudes desde el día 2 de enero de 2025 hasta el final del ejercicio o el agotamiento del crédito.
Así se publica este lunes en una Resolución de la Viceconsejería de Servicios y Prestaciones Sociales, en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), según recoge Europa Press.
Podrán concurrir a la presente convocatoria de estas ayudas las personas físicas que tengan reconocida la ayuda del ingreso mínimo de solidaridad con anterioridad a la publicación de esta resolución y que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de 29 de diciembre de 2009, de la Consejería de Salud y Bienestar Social.
El crédito consignado para financiar la convocatoria asciende a 1,2 millones de euros. El importe máximo de estas ayudas económicas es de 6.300 euros anuales, dividida en doce mensualidades, para una unidad familiar de un solo miembro, incrementándose en un quince por ciento para el primer miembro adicional y en un diez por ciento para el resto de los miembros adicionales de la unidad familiar hasta un máximo total de cinco miembros adicionales.
La persona beneficiaria tendrá derecho a una cantidad igual a la diferencia entre la cuantía del ingreso mínimo de solidaridad, establecido según lo dispuesto en el párrafo anterior, y sus ingresos reales computados mensualmente, sin que en ningún caso dicha cantidad pueda ser inferior a 50 euros.
La cuantía máxima se actualizará anualmente por la Ley de Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, teniendo en cuenta el incremento del Índice de Precios al Consumo (IPC).
Las solicitudes se presentarán conforme a los modelos normalizados que figuran en esta convocatoria y se dirigirá a la persona titular de la delegación provincial que corresponda de la Consejería de Bienestar Social.
Se podrán presentar de forma telemática con firma electrónica, mediante el modelo habilitado al efecto en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: http://www.jccm.es, que quedará anotado en el registro electrónico.
Para facilitar la tramitación electrónica del expediente, la persona solicitante se dará de alta en la Plataforma de notificaciones telemáticas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en la siguiente dirección: https://notifica.jccm.es/notifica.
Se podrá presentar además en el registro de los servicios centrales de la Consejería de Bienestar Social o en el de sus delegaciones provinciales, así como en cualquiera de los lugares señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.