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    Castilla-La Mancha aprueba ley para asegurar acceso a medicamentos en zonas rurales

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    El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha ha dado un paso significativo al aprobar un proyecto de ley que modifica la Ley de Ordenación del Servicio Farmacéutico. Este cambio busca establecer mecanismos específicos que aseguren que la asistencia farmacéutica llegue a las áreas donde no hay oficinas de farmacia o donde mantenerlas resulta complicado.

    Objetivos del nuevo proyecto de ley

    La iniciativa tiene como finalidad garantizar que todas las personas tengan acceso a medicamentos y a una atención farmacéutica segura y de calidad. Tras su aprobación, el proyecto será remitido a las Cortes regionales, donde se espera que la normativa sea ratificada durante el primer trimestre de 2026, tal como ha señalado la consejera portavoz, Esther Padilla.

    Actualización de la normativa

    Padilla ha enfatizado que esta reforma no se trata de un simple cambio técnico. Muchas de las medidas incluidas están orientadas a evitar la desaparición de farmacias en los pueblos, especialmente en aquellos que enfrentan un mayor riesgo de despoblación. La consejera explicó que la nueva ley actualizará la normativa para alinearse con los cambios a nivel estatal, asegurando así que el sistema farmacéutico de Castilla-La Mancha funcione con las mismas garantías que en el resto del país.

    Aspectos relevantes de la ley

    Un aspecto destacado de esta reforma es la inclusión de un capítulo específico para las unidades de Radiofarmacia, que define claramente sus requisitos y funciones. También se regulará la asistencia farmacéutica en centros penitenciarios, permitiendo la creación de servicios de farmacia que aseguren que las personas internas reciban atención comparable a la del resto de la población.

    Definición de alerta y seguridad

    La consejera ha mencionado que se introduce una definición de alerta en la normativa regional, que hasta ahora solo estaba contemplada a nivel nacional. Esto permitirá retirar lotes de productos farmacéuticos o sanitarios que presenten defectos de calidad y alertar a la población si existe un riesgo para la salud, todo conforme a los sistemas de seguridad farmacéutica nacionales y europeos.

    Mejoras en servicios farmacéuticos

    La nueva ley también mejorará los servicios farmacéuticos en centros sociosanitarios. Las residencias y centros residenciales con más de 100 camas tendrán la opción de establecer un servicio de farmacia propio. Además, se introduce la posibilidad de crear depósitos de medicamentos vinculados al SESCAM para facilitar la asistencia en este sector, teniendo en cuenta el crecimiento exponencial de la atención y los cuidados en los últimos años.

    Dispensación en situaciones excepcionales

    En circunstancias sanitarias excepcionales, como dependencia o dificultades para trasladarse a un hospital, se permitirá la dispensación de medicación de forma no presencial. Esto incluye la opción de recibir medicamentos en establecimientos sanitarios autorizados cercanos al domicilio o incluso en casa, siempre garantizando la correcta conservación.

    Facilidades para la farmacia rural

    Para favorecer a las farmacias rurales, se eliminará el requisito de distancia mínima con el centro de salud en localidades con menos de 1.500 habitantes. Asimismo, en áreas con alta densidad poblacional que carezcan de locales disponibles, se suprimirá la distancia mínima entre dos farmacias.

    Protección en situaciones críticas

    La normativa también refuerza la protección de la población ante situaciones críticas. En caso de que un municipio con una única farmacia sufra una catástrofe o un cierre inesperado, como ocurrió el año pasado en Letur, Mira o Villel de Mesa, se podrá autorizar de oficio un botiquín provisional si no hay un local adecuado para un traslado temporal. Según Padilla, esto garantiza que el servicio esté disponible incluso en momentos delicados.

    Figura del farmacéutico regente

    Finalmente, se incorpora la figura del farmacéutico regente, designado por la Administración en casos de caducidad de la autorización o pérdida del derecho de transmisión, lo que previene cierres abruptos que dejen a la población sin atención.

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