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Doce años de prisión para el principal acusado por el homicidio en San Pablo de los Montes

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La Audiencia Provincial de Toledo ha condenado este jueves a doce años de prisión a M.T., principal acusado por el homicidio de J.M.S.G., en una disputa relacionada con drogas, en San Pablo de Los Montes (Toledo) el 4 de octubre de 2020.

En su sentencia, ha condenado asimismo al acusado J.M.D. a 7 años de prisión, en calidad de cómplice, mientras que un tercer acusado, A.J.S.F., resultó absuelto por el jurado durante el juicio celebrado entre los días 18 y 21 de septiembre en Toledo.

Se recoge la reconstrucción de los hechos valorada durante la vista oral del juicio, que apuntan a que en la noche del 4 de octubre de 2020, M.T., J.M.D. y A.J.S.F., acudieron al domicilio donde residía la víctima, J.M.S.G., en San Pablo de los Montes, provenientes de Sonseca, con el objetivo de «sustraer aquellos efectos, utilizando los medios que fueran necesarios, incluso la violencia».

Una vez allí, mientras J.M.D. «se quedaba en el interior» del vehículo, «el otro acusado debía realizar funciones de vigilancia», y «M.T. se introdujo en la vivienda de J.M.S.G.». Además, señala que «M.T., actuando con la intención de acabar con la vida de J.M.S.G. o aceptando que este resultado se pudiera producir, le apretó fuertemente del cuello con las manos, estrangulándolo».

De esta forma, la Audiencia Provincial recoge el veredicto del jurado popular que estimó que «M.T. fue el autor de la agresión y muerte de J.M.S.G., así como que su intención fue la de acabar con su vida ya que le produjo la asfixia por estrangulamiento».

Asimismo, recoge el veredicto que «en cuanto al acusado J.M.D., si bien de todos los anteriores medios de prueba indiciaria resulta que no intervino personalmente en la causación de las lesiones y muerte de J.M.S.G.», sin embargo, se considera acreditado «un concierto previo entre él y M.T.» en la comisión del crimen.

A pesar de que el Ministerio Fiscal solicitaba la imposición de las penas máximas recogidas por el Código Penal por homicidio, quince años para el principal acusado M.T. y nueve años para J.M.D. en calidad de cómplice, la sentencia recoge que «se considera más proporcional a los hechos, la imposición de pena en el grado medio del arco penológico posible».

La sentencia advierte que «cabe interponer recurso de apelación» que ofrecería una nueva oportunidad de argumentar su inocencia a los dos condenados ante «la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha». 

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